jueves, 27 de octubre de 2022

La eutanasia no es un acto médico

El acto médico es el que realiza el facultativo al paciente que se le confía con la finalidad de establecer un diagnóstico y procurar el tratamiento adecuado, previa realización de la perceptiva anamnesis y exploración.

Evidentemente, para que un acto médico pueda ser considerado como tal necesita que se lleve a cabo con unas ciertas condiciones básicas. Es decir, un esmerado respeto al paciente, y que dicho acto esté claramente orientado a procurar restablecer la salud, y cuando ésta no sea posible se proponga establecer los cuidados adecuados que precise el paciente.

Por lo tanto, no existe realmente un acto médico cuando es incorrecto o deficiente el estudio que se realiza sobre el paciente, y si las indicaciones médicas no están esencialmente orientadas a respetar la vida. 

El acto eutanásico no alcanza a cumplir las condiciones del acto médico. Muy al contrario, el médico que practica la eutanasia cae en un empobrecimiento de los valores científicos que proporciona la medicina, reduciéndolos a un simple gesto técnico fácil y rutinario, y cuyo fin esencial es eliminar una vida.

Además, el que se presta a ejercer la eutanasia anula, de raíz, la garantía a la que todo paciente tiene derecho: no ser nunca contemplado, ni siquiera por falsa compasión, según criterios de utilidad, bien sea a nivel personal, familiar o social. La “filosofía de la utilidad”, junto con la pesudo compasión, hace relativamente menos de ocho décadas fue causa de millones de muertes en Europa (sólo en el campo de concentración de Auschwitz fueron exterminadas 1,1 millones de personas).

Los actos eutanásicos dejan siempre secuelas. Está comprobado que esos actos provocan en el medio hospitalario un ambiente enrarecido y éticamente muy nocivo, al hacer sospechar que para la medicina curar o matar son dos aspectos legítimos de la misma actividad profesional médica. Nada más falso.

Por si fuera poco, es bien conocido que los actos eutanásicos son fuente directa de cuatro vías de inexorable corrupción: la criptanasia (realización encubierta, clandestina, de la eutanasia, por terceras personas); la eutanasia fomentada por factores socioeconómicos (es el caso de los dementes y ancianos en poblaciones con desequilibrio demográfico); la eutanasia por delegación (la ordenada por el familiar más próximo); y la eutanasia discriminatoria (para minorías rechazadas por la sociedad mayoritaria).

Es evidente, por lo tanto, que los actos eutanásicos carecen de la dignidad de los actos propiamente médicos, por mucho que se les quieran vestir de compasión, pues en el fondo encubren una amarga realidad: la fría voluntad de poner fin a una vida esgrimiendo criterios de utilidad y falsa compasión, que se ponen en evidencia al comprobar que esos inductores de eutanasia rechazan e imposibilitan, de hecho, que el enfermo tenga cauce alternativo a través de la eficaz y profesional actuación de los Cuidados Paliativos.

No sin razón la eutanasia lleva proscrita de la Medicina desde hace dos mil quinientos años, con prohibición deontológica expresa y ratificada en muy numerosas ocasiones, desde hace muchas décadas, por la Asociación Médica Mundial (AMM), la última recientemente, hace escasas semanas.

Juan Llor Baños

Medicina Interna


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